Al tener un régimen democrático, el primer deber cívico de los españoles es conocer la Constitución y su interpretación correcta. ¿La conoce Vd.? El artículo 157, que habla de los recursos de las Comunidades Autónomas, establece en su apartado d que pasarán a formar parte de dichos recursos los "rendimientos procedentes de su patrimonio e ingresos de derecho privado". ¿Puede una persona, viviendo en Barcelona, ser enterrada en Madrid sin permiso especial de la Administración de la Generalitat? ¿Por qué?
sábado, 3 de noviembre de 2007
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3 comentarios:
¿Y por que demonios van a enterrarla en ningun sitio si esta viviendo, en ese sitio o en cualquier otro? Para enterrar a alguien, antes de hablar de permisos, lo primero que habra que hacer es esperar a que se muera, digo yo...
Exacto Talaia, pero es que hoy en día hay mucho aficionao. Felicidades y vigile que no la entierren en vida :-)
RESUELTO
Ya lo han pretendido, no se crea... pero me he resistido y, de momento, les voy manteniendo a raya. ;)
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